FACE - Circular N° 68/2020 - Acuerdo Salarial FATLyF - FACE

Sr. Asociado,
De nuestra consideración:

Por medio de la presente informamos a Ud. la suscripción del ACTA ACUERDO SALARIAL entre FACE y FATLyF, enmarcado en el Convenio Colectivo de Trabajo Nº 36/75.

El acuerdo tiene vigencia a partir del 1° de marzo de 2020 hasta el 28 de febrero de 2021 y prevé lo siguiente:

a) Un incremento salarial del 4% sobre los básicos y adicionales del CCT 36/75, con todos sus efectos legales y convencionales, en función de la escala salarial FACE – FATLYF del mes de febrero del cte. año y con vigencia a partir del 01 de julio de 2020 y hasta el 31 de julio de 2020, inclusive. (Se acompaña escala salarial en Anexo I)
b) Un incremento salarial del 2% sobre los básicos y adicionales del CCT 36/75, con todos sus efectos legales y convencionales, en función de la escala salarial FACE – FATLYF del mes de febrero del cte. año, es decir, no acumulativo y con vigencia a partir del 01 de agosto de 2020 y hasta el 31 de agosto de 2020, inclusive. (Se acompaña escala salarial en Anexo II)
c) Un incremento salarial del 2% sobre los básicos y adicionales del CCT 36/75, con todos sus efectos legales y convencionales, en función de la escala salarial FACE – FATLYF del mes de febrero del cte. año, es decir, no acumulativo y con vigencia a partir del 01 de septiembre de 2020 y hasta el 30 de septiembre de 2020. (Se acompaña escala salarial en Anexo III)
d) Cabe señalar también que, transitoriamente, se ha ratificado como integrante de la paritaria 2020/21, la vigencia y continuidad en el pago de la suma remunerativa de $4.000 (pesos cuatro mil), que fuera otorgado oportunamente por el P.E.N. en los términos del DNU Nº 14/2020.
e) Se consensuó la incorporación de una cláusula que permite el monitoreo y revisión del presente acuerdo en el mes de septiembre de 2020, a efectos de analizar la evolución del IPC (índice de precios al consumidor) que publique el INDEC (Instituto Nacional de Estadística y Censos).

Asimismo, se aclara que para el caso que una cooperativa tenga dificultades para poder cumplir con el presente acuerdo o con alguna cláusula, solicitamos se pongan en contacto inmediatamente con la asesoría legal de FACE al Tel. (011) 5031-3223 y/o a Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo., para analizar cada situación en particular.

A todo efecto se acompaña a la presente texto del acuerdo y escala salarial correspondiente.

Sin otro particular, saludamos a Ud. atentamente.