FACE - Circular N° 41/2022 - Acuerdo Salarial Complementaria FATLyF - FACE

Sr. Asociado,

De nuestra consideración:

Por medio de la presente informamos que continuando con las Actas-Acuerdo Salariales que fueran suscriptas con fecha: 18/03/2022 y 01/08/2022 y de conformidad con lo establecido expresamente en la cláusula quinta del último acuerdo, FATLyF y FACE han convenido una revisión en los salarios y han consensuado un incremento salarial con fecha 01/11/2022.

En razón de lo expuesto, se ha resuelto lo siguiente:

a) Una recomposición salarial equivalente al 7% sobre el acuerdo del 01/08/2022, que las cooperativas asociadas a FACE, podrán abonar de la siguiente manera: a) Un tres y medio por ciento (3,5%) a liquidarse conjuntamente con los haberes del mes de Noviembre de 2022 y b) Un tres y medio por ciento (3,5%) a liquidarse conjuntamente con los haberes del mes de Diciembre de 2022.-
b) Un incremento del 8% con los haberes del mes de Noviembre/2022, que sumado al 3,5% informado precedentemente en el pto. a), representa un 11,5%; aplicable sobre los básicos y adicionales del CCT 36/75, con todos sus efectos legales y convencionales, en función de la escala salarial FACE - FATLYF del mes de Febrero del año 2022. (Se adjunta Escala Salarial del mes de Noviembre/2022)

c) Un incremento del 8% con los haberes del mes de Diciembre/2022, que sumado al 3,5% informado precedentemente en el pto. a), representa un 11,5%; aplicable sobre los básicos y adicionales del CCT 36/75, con todos sus efectos legales y convencionales, en función de la escala salarial FACE - FATLYF del mes de Febrero del año 2022. (Se adjunta Escala Salarial del mes de Diciembre/2022)

d) Un incremento del 8% con los haberes del mes de Enero/2023, aplicable sobre los básicos y adicionales del CCT 36/75, con todos sus efectos legales y convencionales, en función de la escala salarial FACE - FATLYF del mes de Febrero del año 2022. (Se adjunta Escala Salarial del mes de Enero/2023)

e) Un incremento del 8% con los haberes del mes de Febrero/2023, aplicables sobre los básicos y adicionales del CCT 36/75, con todos sus efectos legales y convencionales, en función de la escala salarial FACE - FATLYF del mes de Febrero del año 2022. (Se adjunta Escala Salarial del mes de Febrero/2023)

Asimismo, se ha ratificado como parte integrante de la paritaria, la vigencia y continuidad en el pago de la suma remunerativa de $4.000 (pesos cuatro mil), que fuera otorgado oportunamente por el P.E.N. en los términos del DNU Nº 14/2020 y de conformidad con lo establecido por las partes en los acuerdos suscriptos con fecha 07/02/2020 y 01/07/2020. En consecuencia, corresponderá abonar entonces: a) La suma de $10.290.- para el mes de Noviembre/22; b) La suma de $ 10.980.- para el mes de Diciembre/22; c) La suma de $11.460.- para el mes de Enero/23 y d) La suma de $ 11.940.- para el mes de Febrero/23.-

Se consensuó la incorporación de una cláusula que permite el monitoreo y revisión del presente acuerdo en el mes de febrero de 2023, a efectos de analizar la evolución del IPC (índice de precios al consumidor) que publique el INDEC (Instituto Nacional de Estadística y Censos)

Recordamos que para el supuesto de aquellas cooperativas que por su situación económico-financiera tengan algún inconveniente para poder dar cumplimiento con el presente acuerdo, se conformará una Comisión Mixta para analizar cada caso en particular y con el propósito de  encontrar alternativas que posibiliten soluciones viables.

De acuerdo a lo manifestado, se acompaña texto del acuerdo y la escalas salariales correspondientes.

Sin otro particular, saludamos a Ud. atentamente.

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