Sr. Asociado:
De nuestra consideración:
Ponemos en conocimiento de las cooperativas asociadas que el Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social (INAES), mediante la Resolución N° 1910/2025 publicada en el Boletín Oficial del 4 de septiembre de 2025, dispuso que todas las notificaciones a cooperativas y mutuales deberán practicarse exclusivamente a través de la Plataforma de Trámites a Distancia (TAD).
La norma establece:
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Cada entidad deberá generar su perfil en la TAD y constituir un domicilio electrónico dentro de los 30 días corridos desde la entrada en vigencia de la resolución.
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En caso de incumplimiento, las entidades serán tenidas por notificadas de pleno derecho, conforme al artículo 42 del Decreto 1759/72 (T.O. 2017).
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Hasta el vencimiento del plazo señalado, podrán coexistir las modalidades tradicionales de notificación, quedando luego como canal único la vía digital.
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Están exceptuadas aquellas notificaciones reguladas por norma especial, acto fundado de alcance particular o vinculadas a solicitudes de personería jurídica, que continuarán bajo el procedimiento previsto en la Resolución INAES 426/2022.
En virtud de la obligatoriedad del cumplimiento y los plazos perentorios establecidos, solicitamos a las cooperativas asociadas dar inmediata atención a lo aquí informado, a fin de evitar consecuencias legales derivadas de la falta de constitución del domicilio electrónico.
Adjuntamos la Resolución.
Sin otro particular, saludamos a Ud. atentamente.
FACE Ltda.